PolicialesProvinciales

Cesantearon a policía que agredió a su pareja

Mediante el Decreto 1595/22, firmado por el gobernador Gustavo Melella y la ministra de Gobierno, Adriana Chapperon, aplicaron la sanción de Cesantía al Agente de Policía Pablo Andrés Vargas Conturzo, por falta grave en su conducta, luego de haber quedado firme una condena por el delito de Amenazas Coactivas de la que resultó víctima su esposa.


En el Decreto se fundamenta que la conducta desplegada por el uniformado se enmarca en la falta administrativa tipificada en el artículo 470 del Decreto Reglamentario 2657/08, en el cual reza: «Serán faltas grave además de las preestablecidas en el artículo precedente, aquellas que por su naturaleza, las circunstancias en que fueron cometidas, su repercusión o trascendencia pública o sobre el servicio, u otra características merezcan tal calificación».


Al Agente Pablo Andrés Vargas Conturzo, se le inició una causa penal por los hechos ocurridos el día 24 de septiembre de 2018 en el domicilio 8 de Noviembre, Barrio Los Fueguinos de la ciudad de Ushuaia, donde mantuvo una discusión con su esposa, propinándole un golpe con la mano abierta en el rostro, motivo por el cual la misma radicó una denuncia penal en la Comisaría de Género y Familia.


A partir de la agresión sufrida por su esposa, al Agente Policial se le inició un Sumario de Prevención Policial 799/2018 caratulado «Amenazas”; el cual se instrumento en paralelo al proceso en la esfera del Poder Judicial.


Para concluir con la cesantía del Policía, se tuvo en cuenta que el Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur, en la causa 2017/19, caratulada “Vargas Conturzo, Pablo Andrés s/ Amenazas Coactivas», lo condenó a la pena de 2 años y dos meses de prisión en suspenso por considerarlo autor material y penalmente responsable del delito de amenazas coactivas, por el hecho ocurrido el día 24 de septiembre de 2018 en la ciudad de Ushuaia.


Una vez firme la sentencia, el Juzgado de Sentencias se pronunció imponiendo pautas de conductas cuyo vencimiento operará en fecha 7 de noviembre de 2023.


A partir de todo estos antecedentes, desde el Ejecutivo se concluyó que “el obrar del agente demuestra la inobservancia de los deberes y obligaciones de todo efectivo policial, ocasionando menoscabo para la disciplina, la investidura y prestigio de la Institución Policial Provincial y como consecuencia la pérdida absoluta de la confianza que como policía y miembro auxiliar de la justicia se exige”.


Cabe señalar que en la culminación del Sumario Administrativo 1/2018; la Dirección de Asesoría Letrada de la Jefatura de Policía, solicitó al Poder Ejecutivo la aplicación de la sanción disciplinaria de Cesantía para el Agente en virtud de la comisión de la falta prevista en el artículo 470 del Decreto Provincial 2657/08, reglamentario de Ley Provincial 735, conforme la graduación establecida en el artículo 516 del mencionado decreto reglamentario.

Fuente: EDFM

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *